lunes, 19 de marzo de 2012

La investigación acredita cuatro delitos para sentar en el banquillo a Urdangarin


El juez llevará al banquillo al yerno del Rey por malversación, prevaricación, falsedad documental y fraude a la Administración. El duque de Palma se libra por poco del delito fiscal


Iñaki Urdangarin, esposo de la infanta Cristina y yerno del Rey, será juzgado por los delitos de malversación, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad documental, según interpretan fuentes próximas a la investigación judicial a partir de las pruebas obtenidas en los últimos nueve meses. El delito de evasión fiscal, que también se está investigando por un cobro no declarado de 375.000 euros a través de una cuenta en Suiza, no formará parte de la acusación a Urdangarin porque lo supuestamente defraudado no superaría la cuota mínima de 120.000 euros que estableció la reforma del Código Penal de 2003.

La estrategia de Urdangarin de atribuir a su socio Diego Torres todas las anomalías en la gestión del Instituto Nóos, la entidad sin ánimo de lucro con la que conseguía el dinero público para eventos, no ha dado resultado, a juzgar por las nuevas pruebas solicitadas por el instructor. En su último auto, el juez José Castro rebate la coartada del duque de Palma sobre su desvinculación de los negocios sospechosos a raíz de que la Casa del Rey se lo ordenara en primavera de 2006. El juez sostiene que hay múltiples pruebas documentales y testimonios que acreditan todo lo contrario. Cuando todavía quedan algunos meses para cerrar la instrucción, la investigación considera acreditados al menos cuatro delitos para sentar al duque de Palma en el banquillo.

» Fraude a la Administración. Urdangarin negoció con dirigentes políticos del PP que gobernaban en Baleares y la Comunidad Valenciana convenios de colaboración que, según la fiscalía, no respetaron la normativa sobre contratación. Gracias a esos contratos a dedo, el duque de Palma ingresó casi seis millones a través de Nóos, de los que una gran parte acabaron en empresas privadas de su propiedad o de su socio, Diego Torres. La Fiscalía Anticorrupción y el juez que instruye el caso han sostenido que Torres y Urdangarin se apropiaron indebidamente de fondos públicos al utilizarlos para enriquecer a sus empresas privadas y no para costear los servicios que prestaron a las Administraciones públicas. El fraude, según el sumario, consistiría en que Urdangarin y Torres cobraron con sus empresas dinero público a través de Nóos por servicios que no prestaron.

» Prevaricación. El duque de Palma, a través del Instituto Nóos que presidía, logró sin concurso previo diversos encargos de las Administraciones públicas por casi seis millones de euros en apenas dos años. Aunque el delito de prevaricación está pensado para la autoridad o funcionarios que dictaran una resolución injusta a sabiendas, también cabe atribuir ese delito a un particular que haya inducido a la prevaricación. El expresidente de Baleares Jaume Matas llegó a declarar a Diario de Mallorca: “Urdangarin nos ofreció una colaboración con toda la credibilidad y seriedad que da la familia real. Era impensable que el Gobierno balear respondiera a la oferta de colaboración realizada por el duque de Palma diciéndole que convocaríamos un concurso y que se presentara al mismo y lo ganara”.

» Falsedad documental. Iñaki Urdangarin y su socio Diego Torres desviaron gran parte del dinero recibido para organizar eventos a través del Instituto Nóos a empresas privadas de su propiedad. Esas sociedades facturaron a Nóos grandes cantidades de dinero con conceptos genéricos como “apoyo logístico” y similares. Cuando el juez que investiga el caso solicitó las facturas que justifican los gastos realizados en la organización de los eventos, se encontró con que algunas no correspondían al servicio realizado; otras tenían fechas anteriores a la firma del contrato. Además, la investigación detectó la falsificación de firmas en la presentación de ofertas a un concurso para la promoción del equipo ciclista patrocinado por el Gobierno balear. Estas pruebas documentales servirían, según fuentes de la investigación, para fijar el delito de falsedad documental.

» Malversación de caudales públicos. Iñaki Urdangarin y su socio, Diego Torres, recibieron más de seis millones de euros de dinero público para organizar distintos eventos a través de un instituto que no tenía ánimo de lucro El precio de los eventos, según la investigación, no alcanzó ni la mitad de esos seis millones de euros recibidos. Las empresas privadas de Torres y Urdangarin se quedaron con la mitad de ese dinero público para su lucro, según la Fiscalía Anticorrupció

EL PAÍS.com - Andreu Manresa Palma de Mallorca - 18 MAR 2012


Sabrosas incongruencias
Nadie quiere imputar a la Infanta por blanqueo, mientras el Supremo y el CGPJ aconsejan penar a los cónyuges
 


Si se tiene sentido del humor, pocas cosas son más divertidas que darse cuenta de nuestras propias incongruencias. Y, si se siente valor, asumirlas. Ya saben, aquel al que la simple visión de una gota de su sangre le producía arcadas y que luego se convirtió en cirujano cardiovascular.

Pues bien, desde que el Monarca, en su discurso de Navidad, recordó que “la justicia es igual para todos” —y puntualizó aquello de que “las personas con responsabilidades públicas tenemos el deber de observar un comportamiento ejemplar”, que “cuando se producen conductas irregulares que no se ajustan a la legalidad o a la ética, es natural que la sociedad reaccione”, y que “cualquier actuación censurable deberá ser juzgada y sancionada con arreglo a la ley”— solo pasaron cuatro días hasta que el juez de Palma de Mallorca José Castro imputó a su yerno, Iñaki Urdangarin, por su presunta participación en las irregularidades del Instituto Nóos, del que era presidente. El duque de Palma aparecía involucrado en un posible fraude a la Administración, malversación de caudales públicos, falsedades documentales y blanqueo de dinero en paraísos fiscales a partir de una trama de sociedades pantalla creadas para enmascarar la salida de fondos del Instituto Nóos, que habría captado unos 17 millones de euros de empresas públicas y privadas.

Su esposa, la infanta Cristina, formaba parte de la junta directiva de Nóos y era propietaria del 50% de Aizoon, la sociedad patrimonial familiar que posee con Urdangarin, una de las que supuestamente se utilizaron de forma instrumental para desviar fondos públicos. Y el pseudosindicato ultraderechista Manos Limpias pidió que declarase en calidad de imputada.

No obstante, ningún testigo la ha involucrado en la toma de decisiones de esas compañías y el propio Urdangarin la ha exculpado completamente en su declaración judicial. Por tanto, la Fiscalía Anticorrupción se ha opuesto a su citación y el juez Castro la ha rechazado por entender que “sería estigmatizarla gratuitamente”. Y es difícil no estar de acuerdo con esa decisión.

Lo curioso, sin embargo, es que parece justo lo contrario de las conclusiones a las que ha llegado el Servicio de Formación Continua, de la Escuela Judicial, en un curso sobre La nueva regulación de la corrupción. La nueva normativa sobre blanqueo de dinero nos ha equiparado a los países más sancionadores de Europa, por lo que ahora se facilita que el Estado se incaute de los bienes y fondos de los acusados cuando no puedan justificar su origen.

Además, se señala que resultaría conveniente que el Código Penal previera expresamente un agravamiento de las penas para aquellos supuestos de no devolución del dinero por parte de los condenados como autores de lavado de dinero.

Y en la sexta de las conclusiones se recuerda que la más reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo (sentencia del 22 de julio de 2011) hace una interpretación extensiva del delito de blanqueo de capitales “hasta el extremo de penar como cómplices a los cónyuges de quienes han acumulado grandes sumas de dinero sin justificación en breve periodo de tiempo, colaborando con ellos en la constitución y posterior puesta en funcionamiento de las empresas, de las que también eran titulares, sin un especial protagonismo en la comisión del delito”. De una claridad prístina y deslumbrante.

Lo cierto es que ese modo de proceder trae a la memoria la frase pronunciada en 1209 por el legado papal Arnaud Amalric, en la cruzada contra los cátaros, tras la toma de Beziers (Francia). Cuando le preguntaron cómo iban a distinguir a los herejes de los que no lo eran, sentenció: “Matadlos a todos, que Dios reconocerá a los suyos”.

De todas formas, en el caso Nóos puede que no se proceda exactamente así, porque —en el hipotético caso de que Urdangarin fuera encontrado culpable y aunque, como dice el Rey, la justicia es igual para todos— ninguno de la veintena de jueces y fiscales consultados al respecto creen ni siquiera imaginable que a la infanta Cristina se le vaya a aplicar esa reciente doctrina del Supremo que ahora se predica en la Escuela Judicial. Una sabrosa incongruencia.

Seguro que mi colega Luz Sánchez-Mellado, enfrentada al problema, recurriría al popular dicho manchego: “Ni se muere padre, ni cenamos”.

José Yoldi 18 MAR 2012

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